Costa Rica - Encuesta Continua de Empleo, II Trimestre 2017
ID del Estudio | CR-INEC-ECE-2017 |
Año | 2016 - 2018 |
País | Costa Rica |
Productor(es) | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) - Ente ejecutor |
Financiamiento | Banco Central de Costa Rica - BCCR - Financiamiento |
Colección(es) |
Creado el
Aug 23, 2017
Última modificación
May 09, 2019
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Data Access
Responsable de autorizar el acceso a los datos
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
(Ente ejecutor), informacion@ince.go.cr , www.inec.go.crContacto(s)
María Luz Sanarrusia Solano
(Coordinadora de la ECE, 2280-9280 ext 346)
, marial.sanarrusia@inec.go.cr, www.inec.go.crMarlene Sandoval (Area Sistemas de Información y Divulgación Estadística, 2280-9280 ext 323 ) , informacion@inec.go.cr , www.inec.go.cr
Confidencialidad
La Ley del Sistema de Estadística Nacional (SEN), Ley Nº 7839 de fecha 04 de noviembre de 1998, garantiza la confidencialidad de los datos en sus artículos 4 y 5 que textualmente dicen:
"Artículo 4 : Los datos obtenidos según esta ley serán estrictamente confidenciales. Los datos procedentes de personas físicas o jurídicas privadas no podrán ser suministrados ni publicados en forma individual, sino como parte de cifras globales, salvo con la autorización previa de quien los suministró. Para este efecto se considerarán cifras globales las correspondientes a tres o más personas físicas o jurídicas. Tampoco podrán ser suministrados con propósitos fiscales, ni de otra índole.
Artículo 5: El SEN podrá solicitar la información relativa a su actividad, a todas las personas físicas y jurídicas residentes en Costa Rica"
Condiciones de Acceso
A. Unidad responsable de la atención de solicitudes de información
El Área de Sistemas de Información y Divulgación Estadística (ASIDE), será la responsable de atender las solicitudes de los usuarios y de lo que conlleve la aplicación de la Política para la divulgación de las estadísticas y la entrega de microdatos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
B. Entrega de microdatos o de archivos de microdatos
Según la Política para la divulgación de las estadísticas y la entrega de microdatos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en la entrega de microdatos o archivos de microdatos se cuenta con cuatro tipos de archivos y formas de acceder a ellos:
1. Archivos de Uso Público (AUP): Los AUP son archivos de microdatos, los cuales se diseminan para el uso público en general, fuera del INEC. Estos archivos serán anonimizados y liberados a través de la página electrónica del INEC o en un medio digital. Esto se ejecutará una vez cumplidos los requisitos mínimos de registro de información relativa al usuario y a los fines de su utilización. El término anonimizado implica, además de haber retirado los nombres y direcciones, ejecutar otras acciones (por ejemplo, la agregación de los detalles geográficos), para reducir al mínimo el riesgo de identificar a los individuos. Los procedimientos seguidos para asegurar que los datos sean anónimos, serán divulgados en la página Web del INEC junto con los metadatos de cada archivo de microdatos.
2. Archivos con licencia: Los archivos con licencia también son anonimizados, pero no han sido tratados para impedir la posible identificación de forma indirecta, es decir, a partir de las características de las unidades de estudio. Su uso se restringirá a los investigadores de la academia y a usuarios autorizados de instituciones. Para ello, deberán firmar previamente un compromiso o contrato de confidencialidad. Los contratos de licencia se suscribirán únicamente con los usuarios de buena fe cuando existe una institución reconocida adecuada, pública o privada, que los respalda. Los usuarios deberán estar en posibilidad de lo siguiente:
i. Comprobar la necesidad de acceder a los datos a fin de lograr un propósito determinado estadístico o de investigación.
ii. Cumplir con las condiciones que estipula el Contrato formal de Acceso a Microdatos, el cual define el reglamento de esta política.
iii. Aquellos interesados en acceder a los datos conforme a una licencia deben llenar la fórmula de solicitud, según se especifica en la reglamentación
correspondiente.
iv. En el reglamento a esta política se deberá definir la composición y funcionamiento de un Comité de Divulgación del INEC, el cual deberá evaluar las solicitudes
de este tipo de archivo de microdatos. Cuando se toma la decisión de otorgar acceso a los datos, los usuarios los recibirán a través de un servidor ftp seguro.
3. Archivos no accesibles: Cuando los datos son particularmente confidenciales, o cuando se solicitan mayores detalles a los observados con anterioridad, solo es posible acceder a ellos por medio del procesamiento que realicen funcionarios del INEC. Además, el INEC inspeccionará las salidas generadas en una revisión de divulgación total antes de ser entregada a la persona usuaria para asegurar que no existe información expuesta.
4. Acceso de microdatos para procesamiento en línea: El INEC procurará poner a disposición de los usuarios las bases de microdatos anónimas en la página Web de la Institución, o en las de otras instituciones con las que se establezcan acuerdos, para procesamiento línea; es decir, por medio de su gestión remota para generar tabulados.
C. Entrega de resultados estadísticos adelantados
La persona a cargo de la Gerencia del INEC, podrá autorizar la entrega anticipada de los resultados estadísticos, antes de la fecha de divulgación en los siguientes casos, en los cuales se advertirá que son datos embargados, que no pueden ser compartidos con terceros, ni utilizados, ni citados, antes de la fecha oficial de divulgación.
D. Acceso de los usuarios a las estadísticas oficiales, elaboradas por el INEC
El INEC publicará en su página web los resultados principales de sus operaciones estadísticas el mismo día en que se dan a conocer. Adicionalmente y con no más de un mes calendario posterior a la fecha oficial de publicación, los usuarios acceden a los cuadros de resultados del Plan de Tabulados, en formato Excel u otro que les permita trabajar con los datos. Cualquier persona con acceso a Internet podrá acceder, por este medio, sin costo alguno.
Para más información accesar:
http://www.inec.go.cr/A/MI/Acerca%20del%20INEC/Acerca%20del%20INEC/Sustento%20Jurídico/01.%20Política%20para%20la%20divulgación%20de%20las%20estadísticas%20y%20la%20entrega%20de%20microdatos.pdf
http://www.inec.go.cr/A/MI/Acerca%20del%20INEC/Acerca%20del%20INEC/Sustento%20Jurídico/02.%20Reglamento%20de%20la%20política%20de%20divulgación%20de%20las%20estadísticas%20y%20la%20entrega%20de%20microdatos.pdf
Cita de autor/fuente
En la mención de la información metodológica, publicación, presentación o divulgación de los resultados obtenidos a partir de la información aquí documentada, se debe citar la fuente primaria de la siguiente manera:
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Cláusula de exención de responsabilidad
La Ley No. 7839 del Sistema de Estadística Nacional (SEN) y su Reglamento, regulan "... la programación, producción, elaboración y divulgación de la actividad estadística desarrollada por las dependencias estatales que conforman el SEN" (Artículo 2 de la Ley).
Por su parte, el articulo 4 de la Ley establece que "las dependencias y entidades que conforman el SEN recopilarán, manejarán y compartirán datos con fines estadísticos, conforme a los principios de confidencialidad estadística, transparencia, especialidad y proporcionalidad,..."
La entrega de microdatos está sustentada en el artículo 4, inciso a de la Ley del SEN que dice: "…El INEC podrá entregar información individualizada sobre los diferentes productos generados por el SEN, siempre y cuando se proceda al bloqueo de los registros de identificación definidos en los documentos correspondientes, archivos electrónicos, registros administrativos y cualesquiera otros medios. Estos datos no podrán ser publicados en forma individual, sino como parte de cifras globales, que serán las correspondientes a tres o más personas físicas y jurídicas; tampoco podrán suministrarse con propósitos fiscales ni de otra índole. En los directorios poblacionales de uso público, solo podrá aparecer información básica de las personas físicas y jurídicas, que no atente contra el principio de confidencialidad mencionado...."
Copyright
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) es el propietario de los derechos de la información metodológica y de las bases de datos aquí documentadas.