COSTA RICA - Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2001, Julio de 2001
ID del Estudio | INEC-EHPM-2001 |
Año | 2001 - 2008 |
País | COSTA RICA |
Productor(es) | INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS - Ente ejecutor |
Financiamiento | Ministerio de Hacienda - - Presupuesto del Sector Público Caja Costarricenese de Seguro Social - Transferencia - Aporte Económico Instituto Costarricense de Electricidad - Transferencia - Aporte Económico Banco Central de Costa Rica - T |
Colección(es) |
Creado el
Aug 18, 2017
Última modificación
Aug 18, 2017
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Data Access
Responsable de autorizar el acceso a los datos
Instituto Nacional de Estadìstica y Censos
( INEC), informacion@ince.go.cr, www.inec.go.crContacto(s)
Marlene Sandoval
(Centro de Información)
, informacion@inec.go.cr, www.inec.go.crPilar Ramos Vargas (Area Censos y Encuestas) , pilar.ramos@inec.go.cr, www.inec.go.cr
Confidencialidad
Según artículo 4 de la Ley 7839 de Creación del Sistema Estadístico Nacional que reza lo siguiente:
Artículo 4°.- Las dependencias y entidades que conforman el SEN recopilarán, manejarán y compartirán datos con fines estadísticos, conforme a los principios de confidencialidad estadística, transparencia, especialidad y proporcionalidad, los cuales se especifican a continuación:
a)Los datos obtenidos según esta ley serán estrictamente confidenciales, excepto los provenientes de las instituciones públicas y las de carácter público no estatal, que serán de libre acceso para todos los ciudadanos. Los datos procedentes de personas físicas o jurídicas privadas no podrán ser suministrados ni publicados en forma individual, sino como parte de cifras globales, salvo con la autorización previa de quien suministró los datos. Para este efecto, se considerarán cifras globales las correspondientes a tres o más personas físicas o jurídicas. Estos datos tampoco podrán ser suministrados con propósitos fiscales ni de otra índole. En los directorios poblacionales de uso público, sólo podrá aparecer información básica de las personas físicas y jurídicas que no atente contra el principio de confidencialidad mencionado.
b)En aplicación del principio de transparencia, los sujetos que suministren datos tienen derecho a obtener información plena sobre la protección dispensada a los datos obtenidos y la finalidad con que se recaban; asimismo, los servicios estadísticos están obligados a suministrarla.
c)En virtud del principio de especialidad, es exigible a los servicios estadísticos que los datos recogidos para elaborar estadísticas se destinen a los fines que justificaron obtenerlos.
d)En virtud del principio de proporcionalidad, se observará el criterio de correspondencia entre la cantidad y el contenido de la información que se solicita y los resultados o fines que se pretende obtener al tratarla.
Condiciones de Acceso
Mediante convenios con instituciones académicas, y del Gobierno Central o por compra directa de las bases de datos anónimas. Para mayor información puede acceder nuestra página www.inec.go.cr
Cita de autor/fuente
En la mención de la información metodológica y la publicación, presentación o divulgación de los resultados obtenidos a partir de la información aquí documentada, se debe citar la fuente primaria: Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Cláusula de exención de responsabilidad
Según artículo 4 de la Ley 7839 de Creación del Sistema Estadístico Nacional que reza lo siguiente:
Artículo 4°.- "Las dependencias y entidades que conforman el SEN recopilarán, manejarán y compartirán datos con fines estadísticos, conforme a los principios de confidencialidad estadística, transparencia, especialidad y proporcionalidad.
(...) El INEC podrá entregar información individualizada sobre los diferentes productos generados por el SEN, siempre y cuando se proceda al bloqueo de los registros de identificación definidos en los documentos correspondientes, archivos electrónicos, registros administrativos y cualesquiera otros medios.
El INEC no es responsable del uso de la información estadística entregada, ni de los estudio y conclusiones que los usurarios deriven de la misma, con excepción de los trabajos conjuntos, donde el INEC haya tenido participación directa en lel estudio y asi lo indique en la publicación o divulgación..
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